lunes, 16 de mayo de 2011

[Reespublica] Declaracion del II Congreso Nacional del Interior contra la Trata y Tráfico de Personas - Republica Argentina [Archivo adjunto 1]

 
[Más abajo se incluyen archivos adjuntos de Nina Balmaceda]

Apreciados hermanos y hermanas,

Espero que hayan tenido un buen fin de semana, especialmente que hayan
podido descansar, pues parece que cada an~o nos volvemos gente mas
ocupada...

Tengo el agrado de compartir con uds. la Declaracion del Segundo
Congreso Argentino contra la Trata y Trafico de Personas. El Congreso
tuvo lugar hace unos dias en Villa Maria, Cordoba.

Les envio el documento en adjunto, pero en caso tengan dificultad de
abrirlo, tambien les copio el texto como parte de este email.

Que el Sen~or nos ayude a todos y todas a levantarnos en defensa de
aquellos que quedan atrapados en este flagelo.
Que El haga realidad en nuestras vidas y en nuestras comunidades la
verdad del Evangelio de Jesucristo que el Reino de Dios se ha acercado
y que sus ciudadanos y ciudadanas no pueden estar tranquilos frente a
la injusticia y el abuso. Que la misericordia y la justicia se
encuentren amorosamente en nuestras palabras y en nuestra praxis.

Un gran abrazo,
nina

II Declaración de Villa María- Provincia de Córdoba, Argentina

Con la participación de más de 800 personas se llevó a cabo en villa
maría el II Congreso Nacional del Interior contra la Trata y Tráfico
de Personas los días 12 y 13 de Mayo.

La Campaña UN TRATO POR EL BUENTRATO trabajó estas temáticas con los
alumnos de todos los 6º Años de los Colegios Secundarios, públicos y
privados de Villa María y Villa Nueva ( 11).
Como resultado de estas Jornadas se elaboró la siguiente declaración.
II Declaración de Villa María- Pcia de Córdoba

Las Organizaciones de la Sociedad Civil y personas reunidas en Villa
María con motivo del II Congreso Nacional del Interior contra la Trata
y Tráfico de Personas los días 12 y 13 de Mayo 2011, reafirman lo
expresado en la primer "Declaración de Villa María", elaborada en 2010
y señalan:
El Pre Informe de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre
Trata de Personas, las investigaciones realizadas por las
organizaciones no gubernamentales durante el último año, los
dictámenes del INADI y los procedimientos adelantados por la AFIP ,
confirman el diagnóstico presentado en el anterior Congreso.
Al respecto, cabe mencionar lo siguiente:
1) El dispositivo institucional diseñado desde el Ministerio de
Justicia de la Nación para el combate contra la Trata de Personas y la
asistencia a las Víctimas, estando integrado por personas denunciadas
penalmente por colaborar con las redes de trata o por mal desempeño de
sus funciones, es un obstáculo a la lucha contra al crimen organizado
y, lejos de desalentarlo, facilita su accionar.
2) Se sigue presentando una situación de violaciones masivas y
sistemáticas de los derechos humanos que afecta a cientos de miles de
personas altamente vulnerables: mujeres, adolescentes, niños, niñas y
migrante, internos e internacionales, incluyendo hombres. Frente a
esta crisis el Estado no cumple acabadamente con los deberes de
garantía y respeto de los derechos humanos. Esta situación ha sido
ampliamente denunciada por las organizaciones presentes, es conocida
por las autoridades y, en consecuencia, la inexistencia a la fecha de
un Plan Nacional de Combate contra la Trata de Personas y de
Asistencia y Protección a las víctimas es signo de la existencia de
una aquiescencia estatal.
3) Los niveles de impunidad en las causas relacionadas con la
trata son excesivamente elevados. Así, frente a un número que supera
las 2000 personas rescatadas por las autoridades, tan sólo 20 causas
(aproximadamente) han obtenido sentencias condenatorias, con penas muy
bajas y sin que, a la fecha, se haya condenado a funcionario público
alguno. La inadecuación de la Ley 26.364, sumada a la corrupción entre
las fuerzas de seguridad, a la impotencia del Poder Judicial permite
afirmar que los remedios judiciales no resultan oportunos, eficaces y
eficientes en los casos de trata en la Republica Argentina.
4) El Patrón de ataques sistemáticos a Defensores de Derechos
Humanos que trabajan contra la Trata de Personas llegó al extremo de
que el propio jefe del Gabinete de Ministros, Dr. Aníbal Fernández
agrediera públicamente en una sesión plenaria del Congreso de la
Nación que estaba siendo televisada, a Defensores y Defensoras que se
habían atrevido a denunciar internacionalmente el estado de cosas
reinante.
Por lo tanto, las organizaciones exigimos a los tres poderes del Estado:
1) Que hagan honor a los compromisos asumidos con la sociedad civil y,
con la celeridad debida, permitan el tratamiento en sesión plenaria de
la reforma de la actual ley 26.364 de trata de personas.
2) Que se revean los dictámenes finales a los que se arribaron y
modifiquen las figuras penales relacionadas con este delito, superando
el Protocolo de Palermo, y adaptando la figura delictiva a las
convenciones internacionales de derechos humanos ratificadas por
Argentina, especialmente las referidas a la esclavitud, la
servidumbre, el trabajo forzoso, y la explotación de la prostitución
ajena y aumenten las penas en consonancia con la gravedad del delito.
Ello a fin de superar la impunidad reinante, evitando distinciones
artificiales que terminan generando problemas de competencia,
dilaciones y obstaculizando las investigaciones. La trata de personas
es un delito complejo que abarca no sólo la captación, el
reclutamiento, el traslado y la acogida de personas con fines de
explotación, sino también la explotación en si misma. La trata de
personas es una moderna forma de esclavitud que debe explicarse y
tipificarse en función de la definición de esclavitud universalmente
aceptada, considerada un delito de lesa humanidad, imprescriptible, y
una norma imperativa del derecho internacional que no admite acuerdo
en contrario.
3) Que salden una deuda constitucional que data de 1853, y tipifiquen
como delito la compra y venta de seres humanos, prestando especial
atención a la temática de la trata de bebés y al derecho de las
personas a conocer su identidad. En este sentido es imperioso
preservar el Banco de Datos Genéticos y permitir el acceso gratuito a
quienes buscan su identidad o a los familiares que buscan a los hijos
e hijas de las víctimas de trata que han sido apropiados por los
tratantes y apropiadores.
4) Que incorporen mecanismos ágiles y sumarios para la incautación y
decomiso de los bienes habidos ilícitamente, producto de la trata de
personas e incorporen medidas para detectar y evitar el lavado de
activos. Que dispongan la creación de un Fondo Especial contra la
Trata de Personas que administre los bienes incautados y los destine
exclusivamente a la asistencia y reinserción social de las víctimas.
Es esencial también, dotar al país de más y mejores herramientas para
el combate contra el crimen organizado que deberían incluir reformas
al Código Procesal Penal de la Nación.
5) Que incorporen la inhabilitación absoluta y permanente para ejercer
cargos públicos para los funcionarios/as públicos que hayan sido
condenados por trata de personas o esclavitud, como autores o
partícipes necesarios.
6) Que dispongan la integración de un Comité o Comisión Federal contra
la Trata de Personas en que exista un equilibrio entre los poderes
Ejecutivo, Legislativo (representado por los partidos de oposición) y
Judicial, brindando una mayor participación al Ministerio Público
Fiscal y a las organizaciones de la sociedad civil que trabajan la
temática de la trata de personas.
7) Que creen en forma urgente por ley un "Programa Nacional de Combate
contra la Esclavitud y Asistencia y Protección a las Víctimas" que
establezca claramente:
Unos estándares mínimos de protección y asistencia integral, que
aseguren la reinserción social de las víctimas y garanticen la no
repetición de las violaciones sufridas. En ningún caso la asistencia y
protección podrán estar condicionadas a la participación de las
víctimas en el proceso judicial contra el tratante. Para ello, es
necesario diseñar un "mecanismo administrativo de determinación de la
condición de persona tratada", que podría ser aplicado por las
Defensorías del Pueblo, para asegurar a las víctimas que no se atreven
a declarar (que son la mayoría) los beneficios, la asistencia y la
protección a la que tienen derecho. Es imprescindible también, crear
un "comité de evaluación de riesgos", con participación de las ONGs,
que obligatoriamente deba intervenir luego del rescate para evaluar
medidas de protección y también previo al retorno o la repatriación de
las personas tratadas, para acordar una protección adecuada y
garantizar que no se las devuelve a lugares donde su vida o su
integridad física corran peligro. Finalmente, el Programa Nacional,
debe incluir un "mecanismo de seguimiento" de las personas tratadas
que hayan escapado o hayan sido rescatadas, que pueda ser supervisado
por organismos de control y por las organizaciones de la sociedad
civil. Las organizaciones sociales y los organismos estatales
desconocen cuál ha sido el destino y en qué situación se encuentran la
mayoría de las, aproximadamente, 2000 personas que el Estado ha
rescatado. Se desconoce si las mismas han sufrido represalias, si han
vuelto a ser captadas por las redes o si se encuentran en situaciones
de alta vulnerabilidad que las ponen nuevamente en riesgo.
8) Solicitamos al Congreso de la Nación que, en vista de los altos
niveles de impunidad que se presentan en los casos de trata, disponga
la creación de una Comisión Parlamentaria Especial que investigue la
situación e informe a la sociedad sobre las razones por las cuales los
mecanismos judiciales no resultan eficientes, eficaces y oportunos.
9) Que suspendan de sus cargos y permitan que se juzgue a Jorge Omar
Fernández, y los policías que revistaban o revistan en la división
Trata de Personas de la Policía Federal y fueron denunciados
penalmente en casos relacionados con la trata de personas; así como
Policías y Funcionarios Públicos de las distintas Provincias y la
Nación que fueron y sean denunciados penalmente por su participación
en casos de trata; por ser partícipes necesarios para la comisión del
delito o por obstaculizar la acción de la justicia en estos casos.
Ello sin perjuicio de las acciones administrativas que pudieran
corresponderles.
10) Que se revise la situación de policías que han sido cesanteados o
separados de sus cargos por investigar las redes de trata de personas;
y se brinde protección y facilite la denuncia de miembros de las
fuerzas de seguridad y funcionarios públicos que quieran brindar su
testimonio o denunciar causas de trata de personas.
11) Que se informe a la sociedad el contenido, duración y alcance de
la asistencia a las víctimas de trata de personas; el presupuesto
destinado a brindar dicha asistencia y el destino y estado de las
personas rescatadas.
12) Que se transparenten los mecanismos de intervención en los casos
de trata de personas y se permita a las ONGs y organismos de control
supervisar la acción del Estado en la materia y se les brinde
información oportuna y completa que permita asistir a las víctimas
rescatadas, antes de que sean devueltas a sus lugares de origen.
13) Que se apoye la acción de los Defensores y Defensoras de derechos
humanos que combaten la trata de personas, se generen mecanismos
especiales de protección para los mismos y se sancione a los
funcionarios y funcionarias que agreden, atacan, amenazan,
discriminan, ponen trabas administrativas, realizan inteligencia o
interfieren con la correspondencia, los teléfonos y los computadores
de las organizaciones que, respetando la constitución y las leyes,
ejercen una labor desinteresada y necesaria en la temática de la trata
de personas.
14) Que se destinen mayores fondos para la asistencia y protección de
las víctimas de la esclavitud en Argentina y que se distribuyan
equitativamente entre las distintas provincias y municipios.
15) Que los gobiernos se abstengan de publicar publicidad oficial en
medios de comunicación que promueven la explotación sexual de seres
humanos.
16) Se acuerda presentar la presente Declaración en la Próxima Reunión
de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos, que
tendrá lugar en el Salvador a principios de Junio de 2011 y solicitar
se acuerde una visita in loco para que la OEA pueda tomar conocimiento
de primera mano acerca de la situación de la trata de personas en
Argentina.
Las organizaciones acordamos reunirnos nuevamente en Mayo de 2012 y
mantenernos, a partir de la fecha, en estado de alerta y movilización.
Nos reservamos el derecho de implementar medidas coordinadas y en red
a fin de visibilizar ante la sociedad nuestros reclamos expuestos en
esta declaración, en caso que nuestras demandas no sean tenidas en
cuenta.

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Archivos adjuntos de Nina Balmaceda

Archivo 1 de 1

Actividad reciente:
No se lo pierda. Ud. puede solicitar el video de la Cuarta Conferencia Anual de Funcionarios y Servidores Publicos Evangelicos, realizada en el Congreso de la República.
Solicitelo escribiendo a servidoresdelestado@gmail.com

Ud. forma parte de la Primera Red de servidores y funcionarios públicos cristianos evangélicos denominada REESPUBLICA, cuya finalidad es fortalecer su liderazgo e influencia teniendo como base los principios cristianos emanados de la Palabra. Le agradeceremos que pueda invitar a otros creyentes que como Ud. pueden sumarse a este espacio de encuentro.
Bendiciones

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